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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://hdl.handle.net/20.500.12008/52244 Cómo citar
Convenio: Convenio específico Banco Hipotecario del Uruguay y Fundación para el Apoyo a la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración
Nro. de expediente: 040195-000009-25
Nro. de registro: 8777
Fundación: Fundación para el apoyo de las Ciencias Económicas
Organización Contraparte: Banco Hipotecario del Uruguay (BHU)
Objeto: La Fundación, con docentes de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, brindará apoyo técnico en el proceso de concurso para proveer un cargo de Jefatura de Compras y Contrataciones. El apoyo técnico comprometido se detalla en la Cláusula Segunda del presente documento. La participación de los docentes, a través de la Fundación, se circunscribirá a la elaboración, aplicación y corrección de una prueba de conocimientos, con enfoque teórico-práctico, la que consta de dos partes a saber: a) conocimientos específicos sobre el tema de planificación y control al máximo nivel corporativo; b) demostración de habilidades y destrezas gerenciales en la gestión de la gerencia a la cual se postula. La fundación designará un docente en particular que conformará el Tribunal del concurso respectivo en carácter de miembro experto, y sujeto a las disposiciones del Reglamento general de ascensos (RE.RHH.07), de cuyo contenido se tomó conocimiento.
Año de suscripción: 2025
Fecha de suscripción: 2025-10-22
Vencimiento: 2025-11-07
Temas: CONCURSO
PRUEBAS
Autoridades firmantes: Frugoni, Gabriel
Xavier, Jorge
Observaciones: El costo de las actividades estipuladas en la Cláusula Primera, se desglosan de las siguiente manera: - Elaboración de la prueba: $ 123.700 - Integración de tribunal: $ 88.300 - Corrección de pruebas : $ 24.000 El presente presupuesto comprende la corrección de pruebas de hasta 5 (cinco) participantes, en caso de corregir más pruebas se adicionará $4.800 (cuatro mil ochocientos pesos uruguayos) por participante. Dichos importes serán abonados a la Fundación, el 50% a la firma del convenio y el saldo del 50% una vez entregado la totalidad de los resultados al tribunal respectivo. Los montos anteriormente referidos no están gravados por IVA.
Aparece en las colecciones: Convenios Nacionales - Fundaciones

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